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Así se conformaría el primer Gobierno de Coalición en Coahuila

En Coahuila, por primera vez en su historia, el Gobierno del Estado será de coalición y dependiendo del convenio que suscriban los partidos integrantes de la Alianza Ciudadana por la Seguridad, PRI, PAN y PRD, es como se conformará el próximo gabinete legal.

La Ley de Gobiernos de Coalición contempla que el Gobernador del Estado suscriba, en cualquier momento de su mandato, un convenio con los partidos políticos, locales o nacionales, y con registro vigente, para integrar las 16 secretarías de estado existentes hasta el momento.

Ante la vigencia de la Ley, y los acuerdos previos de los partidos a participar unidos en el proceso electoral, existe también la amplia posibilidad de que suscriban el convenio para administrar el estado de manera conjunta y que también coordinados elaboren el Programa de Gobierno y realicen la actuación del Plan Estatal de Desarrollo.

La legislación aprobada el pasado 21 de marzo por el Congreso del Estado señala que el Gobierno de Coalición es la unión del partido en el gobierno con uno o varios partidos políticos, nacionales o locales, con registro vigente, con independencia de que estén o no representados en el Congreso, convocados de manera expresa por la persona titular del Poder Ejecutivo, para elaborar un Programa de Gobierno y el Convenio de Coalición.

A partir de la convocatoria que haga el Gobernador, el convenio se suscribirá con los dirigentes de los partidos políticos y los coordinadores parlamentarios de los partidos que intervengan, con lo cual se garantiza además que los planes, programas, presupuestos y otras propuestas del Ejecutivo, puedan ser aprobados en el Poder Legislativo.

No obstante que la elaboración del Plan Estatal de Desarrollo es una facultad del Gobernador, la Ley de Gobiernos de Coalición también permite que los partidos coaligados participen en su diseño y elaboración.

CONFORMACIÓN DEL GABINETE

En el Gobierno de Coalición, el Gabinete se conformará con los integrantes que hayan suscrito el Convenio y lo hayan acordado en ese documento, pero la designación se hará por parte del Gobernador y con base en la Ley Orgánica de la Administración Pública.

La Ley Orgánica de la Administración Pública en el estado contempla 16 Secretarías: Gobierno, Finanzas, Seguridad Pública, Economía, Educación, Salud, Desarrollo Rural, Inclusión y Desarrollo Social, Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad, Medio Ambiente, Fiscalización y Rendición de Cuentas, Cultura, Trabajo, Vivienda y Ordenamiento Territorial, Turismo e Inversión Pública Productiva.

La Ley de Gobiernos de Coalición no contempla de manera expresa que los partidos coaligados puedan tener posiciones en el gabinete ampliado, ni tampoco que puedan decidir en otras facultades de designación reservadas por el titular del Poder Ejecutivo en organismos, institutos, o incluso en la postulación de perfiles para ocupar cargos de organismos autónomos o bien otros poderes.

“La designación de las y los titulares de las secretarías del ramo y demás servidores públicos se realizarán por parte de la persona titular del Poder Ejecutivo en los términos establecidos en la Constitución, en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado y demás ordenamientos que resulten aplicables; en su caso, el Ejecutivo podrá acordar libremente con los partidos coaligados las designaciones que, conforme a lo establecido en el Convenio, correspondan a estos”, señala la Ley.

Los partidos coaligados en el Gobierno Estatal también participarán en la elaboración del Programa de Gobierno, en el cual se establecen los compromisos y acciones de gobierno, pero también lo relacionado con los asuntos legislativos y la equidad.

Algunos de los temas que tiene el Programa de Gobierno son la equidad, democracia, libertad, participación ciudadana, desarrollo sustentable, crecimiento económico, medio ambiente, derechos humanos, justicia y seguridad de la sociedad.

Para evaluar, dar seguimiento y en todo caso buscar acuerdos entre los integrantes de los partidos coaligados, se formará un comité, el cual estará integrado por los representantes de los partidos, y encabezado por una persona designada por el Gobernador.

La Ley también prevé causas de disolución del Convenio de Coalición entre partidos para la administración estatal, la primera es la decisión del titular del Ejecutivo, la conclusión del período constitucional, el incumplimiento del convenio o del programa, y la decisión de un partido político de no continuar formando parte del gobierno, sin menoscabo de que los otros partidos decidan mantenerse dentro del convenio.

Written by Redacción

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