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Por Eduardo J. De La Peña

A raíz de la inconformidad que han manifestado deudos de Pasta de Conchos por el procedimiento utilizado y el monto en que se establecieron las pensiones para las viudas, ha habido quienes opinan que en lugar de haber generado actas de defunción al margen de la norma se podría haber optado por el procedimiento de declaración de ausencia que se sigue en el caso de las personas desaparecidas.

Primero hay que recordar que las pensiones se fijaron en base a un salario de cien pesos diarios, que no corresponde a la realidad ni consideró otras prestaciones, se faltó a la norma que establece el cálculo debe hacerse en base al salario integrado, y partiendo de ahí el reclamo de las viudas es válido y pertinente.

En cuanto al procedimiento de declaración de ausencia, esa figura quizá tampoco habría sido la más idónea, por los tiempos que se lleva en las instancias judiciales dejar concluido un asunto de esta índole.

Que en relación al reclamo de las viudas Pasta de Conchos se haya mencionado esta figura, da el espacio para poner en la agenda pública el tema del tortuoso camino que se debe recorrer para lograr una declaración de ausencia.

Para darnos una idea basta con citar un ejemplo, hace un par de semanas un juzgado de Parras publicó una sentencia de declaración de ausencia de una persona, originaria de un ejido de ese municipio, de la que no se sabe nada desde junio de 2010, es decir están por cumplirse trece años de que desapareció.

Los familiares de esa persona iniciaron el procedimiento hasta abril de 2015, pero aún así el asunto se llevó ocho años en los juzgados.

En la Ley de Declaración Especial de Ausencia, promulgada en 2019, se redujeron los plazos. De entrada se estableció que el procedimiento podrá solicitarse a partir de los tres meses de que se haya hecho el reporte o denuncia de desaparición, que antes se pedía como mínimo un año; y se define que no se podrá exceder de seis meses sin que haya una resolución.

La declaración de ausencia es importante porque entre sus efectos declara la inexigibilidad o suspensión temporal de obligaciones o responsabilidades, incluidos créditos, que la persona tenía a su cargo.

También fija la forma en que los familiares pueden acceder al patrimonio de la persona desaparecida, y protege los derechos de los dependientes a percibir las prestaciones que la persona desaparecida recibía.

Es, como se ve, una figura de gran alcance para quienes han tenido la tragedia de la desaparición de un familiar, y precisamente por esos alcances no es carente de complejidad, sin embargo que se tarde hasta ocho años en tenerse una resolución resulta una exageración.

Ahí si que no hay acceso a la justicia, y ni hablar de que sea pronta y expedita.

Habría que ver si efectivamente con las nuevas disposiciones legales se acortaron los plazos, o qué mejoras en los procedimientos puede impulsar el Poder Judicial que preside Miguel Mery.

–o—

Ya que se tocan temas relacionados con la región Carbonífera, nuevamente los procedimientos de la CFE para adjudicación de contratos abren espacio a las suspicacias.

En este caso nos referimos a la contratación del servicio de análisis de muestras de carbón en la termoeléctrica Carbón II, para lo cual se abrió una licitación el 12 de mayo, que se declaró desierto el 24 de ese mismo mes, pues los tres participantes que presentaron ofertas fueron rechazados.

Algo que llama la atención es que a una empresa de Piedras Negras, GG Industrial, le señalaron 7 causas de rechazo, entre ellas no acreditar su existencia legal y personalidad jurídica.

Y llama la atención porque GG Industrial es un proveedor habitual de la CFE, tan es así que un día después de que le rechazaron en el concurso para el análisis de muestras, el 25 de mayo, le dieron entrada a una oferta suya en otro concurso, para el servicio de obtención y preparación de muestras, y el 30 de mayo le adjudicaron un contrato por más de 12 millones de pesos.

Cuando por estos días mucho se habla de que una de las empresas que ha obtenido contratos para suministrar carbón de diseño a la CFE, la que es propiedad de Antonio Flores Guerra, está comprando lamas y desechos de carbón a Micare para poder cumplir con los volumenes comprometidos, aunque de ninguna manera con la calidad requerida, llama a suspicacia que se declare desierta una licitación, y se queden si el servicio de análisis de muestras.

Todo indica que directivos de la Comisión siguen esmerándose en hacer trajes a la medida para los proveedores con los que tienen un acuerdo que pasa por lo político y por lo económico.

edelapena@eldiariodecoahuila.com.mx

Written by Redacción

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